Accesorios, repuestos y herramientas |
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Disposición que aclara el proceso de determinación del origen de los accesorios, piezas de repuesto y herramientas entregados con la mercancía.
Esta disposición se refiere por lo general a los accesorios, las piezas de repuesto y las herramientas que forman parte de los accesorios habituales de la mercancía y no se facturan por separado. A menudo el origen de los accesorios, las piezas de repuesto y las herramientas no se toma en cuenta para determinar el origen del producto en función de la norma basada en el cambio de clasificación arancelaria. Sin embargo, a los efectos de calcular el valor añadido del producto acabado, el origen de los accesorios, piezas de repuesto y herramientas se suele añadir a los cálculos, según lo dispuesto en el ALC pertinente. No obstante, las disposiciones varían de un acuerdo a otro.
Si no figuran disposiciones específicas se deben seguir las Reglas Generales para la Interpretación del SA y las normas de origen por productos específicos. Sobre la base de las Reglas, esos accesorios, piezas de repuesto y herramientas se pueden clasificar con el mismo código del SA que la mercancía.
Ejemplo:
Un mueble se importa desmontado. Se envía junto con las herramientas necesarias para montar el producto y las piezas de repuesto. La norma de origen aplicable al producto se basa en el cálculo del valor añadido. El valor de las herramientas y piezas de repuesto se ha de incluir en los cálculos relativos al origen junto con el valor del propio producto.
Pulse aquí para obtener más información en el sitio web de la OMA.
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