Certificación |
---|
Disposición que detalla el tipo de documentación relativa al origen que se debe presentar para acogerse a aranceles preferenciales en el marco de un ALC. Los certificados de origen son documentos oficiales que confirman el origen de una mercancía sobre la base de los requisitos establecidos en un ALC específico. También deben describir la mercancía con suficiente detalle para que las autoridades aduaneras del país de importación la puedan identificar.
Existen dos tipos principales de certificación: la certificación por una autoridad competente y la autocertificación.
Cuando la certificación es efectuada por una autoridad competente (a menudo una cámara de comercio o una autoridad aduanera), el exportador debe obtener un certificado en papel expedido por una autoridad designada en su país. A menudo el texto del acuerdo incluye un modelo de certificado.
Al solicitar un certificado, el exportador debe demostrar que sus mercancías cumplen la norma de origen pertinente y aportar pruebas justificantes y, en ocasiones, también muestras de sus mercancías. El tiempo de tramitación depende de la autoridad local. Las autoridades también pueden cobrar una tasa por la expedición del certificado.
La autocertificación por lo general se efectúa mediante una declaración de origen emitida por el exportador en un documento comercial (factura comercial, conocimiento de embarque, etc.). Si en el marco de un ALC se permite la autocertificación, en el texto del acuerdo por lo general figurará, en el idioma de todas las partes, un modelo de la declaración de origen que deberá copiarse.
En algunos países, los exportadores están obligados a registrarse o a obtener una aprobación antes de utilizar la autocertificación y emitir declaraciones de origen (por ejemplo, autorización de exportador autorizado).
En el marco de algunos ALC, el importador también puede expedir el certificado de origen basándose en la información obtenida del exportador.
En algunos acuerdos también se permite la autocertificación por defecto para los envíos que no superen un determinado valor.
Los exportadores que deseen beneficiarse de los tipos preferenciales tienen que familiarizarse con las prescripciones en materia de certificados de origen, ya que la falta de un certificado válido probablemente dará lugar a la imposición de los tipos íntegros de los derechos aplicables.
Ejemplo:
Un ALC exige que la certificación sea efectuada por una autoridad competente. El exportador debe ponerse en contacto con la autoridad local competente y solicitar un certificado de origen con arreglo al procedimiento interno apropiado. La autoridad local podrá facilitar información adicional sobre las pruebas documentales que el exportador debe presentar, el tiempo necesario para tramitar la solicitud y los derechos aplicables.
Pulse aquí para obtener más información en el sitio web de la OMA.
More Glossary |
---|