Perfeccionamiento pasivo |
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La disposición relativa al perfeccionamiento pasivo constituye una excepción del principio de territorialidad.
Permite sacar temporalmente una mercancía del territorio de un ALC y elaborarla en un tercer país sin que ello afecte a la determinación del origen del producto final. No se tiene en cuenta el hecho de que la mercancía ha abandonado el territorio de un ALC durante el proceso de producción.
Se aplica en el marco de los ALC como una excepción y por lo general se limita a una lista específica de mercancías, lugares en terceros países y procesos de elaboración acordados por ambas partes.
Ejemplo:
Un ALC permite que los productos clasificados en una partida específica del SA (véase la clasificación del SA) se saquen del territorio de las partes en el ALC y sean sometidos a un tipo determinado de elaboración en una zona de libre comercio. Cuando la mercancía vuelve al territorio del ALC, la elaboración llevada a cabo en la zona de libre comercio no afecta a la determinación del origen, ya que a efectos de determinar si el bien es originario se tienen en cuenta todos los procesos de elaboración que han tenido lugar en el territorio del ALC.
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